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Mujeres operadoras de transporte público, por Ley deberán tener mismas condiciones laborales que los hombres: 76 Legislatura

Mujeres operadoras de transporte público, por Ley deberán tener mismas condiciones laborales que los hombres: 76 Legislatura

Mujeres operadoras de transporte público, por Ley deberán tener mismas condiciones laborales que los hombres: 76 Legislatura

Morelia, Michoacán; 18 de junio de 2025.- Con la finalidad de generar una verdadera igualdad de género en los sistemas de transporte público en la entidad y ante la creciente demanda de mujeres operadoras en el transporte público en la entidad, el Congreso del Estado aprobó diversas reformas a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial y a la Ley por una Vida Libre de Violencia Para las Mujeres, ambas del estado de Michoacán.


En lo que respecta a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, se reformó el artículo 47, fracción X, para que estipulé que se deberá “Promover, incentivar y facilitar la participación de las mujeres como concesionarias y operadoras de los vehículos de transporte público”.


En tanto, en la Ley por una Vida Libre de Violencia Para las Mujeres, se adicionó una fracción en su artículo 40, para que diga “Las mujeres operadoras de los vehículos de transporte público, percibirán el mismo trato, salario y condiciones laborales, conforme a los principios de igualdad sustantiva y perspectiva de género.”.


Con estas reformas y adiciones, se pretende que se promocione a través de campañas publicitarias el ingreso a más mujeres al oficio de operadoras de vehículos de transporte público, además de garantizar las mismas condiciones laborales a las ya existentes.

Según el dictamen presentado ante el Pleno se establece que “con el fortalecimiento estratégico de las políticas públicas en materia de movilidad con perspectiva de género, mediante la incorporación de las capacitaciones a las mujeres michoacanas en materia de los sistemas de transporte en la Secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de la Mujeres Michoacanas, con la finalidad de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”.

Congreso de Michoacán

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