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Suprema Corte falla a favor de la SEP sobre la reprobación de alumnos de educación básica

Suprema Corte falla a favor de la SEP sobre la reprobación de alumnos de educación básica
  • Suprema Corte falla a favor de la SEP sobre la reprobación de alumnos de educación básica

Morelia, Michoacán; jueves 28 de mayo, 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló un acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) que prohíbe reprobar a los estudiantes de educación básica, aplicable tanto en instituciones públicas como privadas. Aquí te explicamos en qué consiste esta disposición.


El fallo surge como respuesta a un amparo interpuesto por el Colegio El Roble, una escuela privada que buscaba conservar la facultad de reprobar a quienes no cumplieran con los estándares académicos. Si bien la medida ha generado controversias en la sociedad, también se presentan argumentos que justifican su implementación.




El Acuerdo 10/09/23, emitido por la SEP, establece promoción automática en los niveles de preescolar y primer grado de primaria, sin considerar asistencias ni calificaciones. Para los grados más avanzados, se definieron lineamientos adicionales.



Entre las medidas incluidas, se flexibilizan los requisitos de acreditación académica, eliminando la obligación de contar con al menos un 80% de asistencia. Además, se incorporan mecanismos de regularización para estudiantes que no logren aprobar todas las asignaturas. Sin embargo, no se establece la promoción automática de forma generalizada para estos niveles. Este esquema aplica tanto en escuelas públicas como privadas.


La SEP argumenta que esta política busca garantizar el derecho a la educación y prevenir que factores externos, como la falta de recursos o circunstancias excepcionales, obstaculicen el acceso y permanencia de los alumnos en el sistema educativo.


Con esta resolución, la promoción automática para ciertos grados se normaliza conforme a lo dispuesto en el acuerdo de la SEP.


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